Plan de Control de Riesgos 

Después de realizar las evaluaciones de riesgos en el área laboral y en función de los resultados obtenidos. Se procede a planificar la acción preventiva o plan de control de riesgos.

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España (INSHT) indica que la mejor manera a de establecer un plan de control de riesgos es realizando un cronograma para un período de tiempo determinado. Generalmente, se realiza de acuerdo con las necesidades de la organización con una periodicidad anual o semestral de actividades preventivas, dónde se establecen calendarios de implementación trimestrales, mensuales o semanales, según el caso.

Según el INSHT, el plan de control de riesgos debe tener en cuenta los siguientes principios:

    1. Combatir los riesgos en su origen, si es posible.
    2. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
    3. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro
    4. Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
    5. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

El plan de control de riesgos debe implementar acciones para eliminar o reducir los riesgos, buscando adaptar el trabajo a la persona, es decir seleccionando equipos de protección individualmente para aminorar el riesgo intrínseco.

Adicionalmente, el plan debe abarcar la elaboración de manuales de procedimientos de seguridad, emprender un plan de señalización y efectuar planes de emergencia, evacuación y de primeros auxilios; siempre tomando en consideración las exigencias de la Ley correspondiente y tener aprobados todos los requerimientos descritos en la misma.

La evaluación de riesgos debe ser un proceso continuo, debido a que si ocurre alguna variación en las condiciones de trabajo, variarán los peligros y los riesgos intrínsecos, iniciando el proceso de gestión preventiva y análisis de riesgos.

Fuente: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España.